09 noviembre 2010

Tribunal de la UE anula obligación de publicar receptores de fondos agrícolas

EFE
Según el Tribunal europeo, la difusión en una página web de los beneficiarios de pagos de los fondos europeos Feaga (ayudas directas) y Feader (fondos para el desarrollo rural), así como de los montantes específicos "constituye una lesión del derecho al respeto de la vida privada y a la protección de datos", ya que resultan accesibles a terceros.
En la sentencia, los jueces opinaron que aunque en una sociedad democrática los contribuyentes tienen derecho a conocer el uso del dinero público, hay que ponderar también el derecho a la intimidad y verificar si la difusión en internet de ciertos datos excede o no lo necesario.
En ese sentido, el Tribunal determinó que la Comisión Europea (CE) y el Consejo de la UE se extralimitaron al sacar adelante la normativa con la obligación de dar a conocer los perceptores de las subvenciones.
Por este motivo, la Corte europea anuló la parte de la controvertida regulación que imponía la publicación obligatoria de esos datos.
Pero la sentencia del Tribunal invalida ese requisito a partir de hoy, lo que significa que las publicaciones que las autoridades nacionales han efectuado de sus beneficiarios de la PAC tienen efecto hasta este momento y los afectados no podrán pedir indemnizaciones.
Eso quiere decir que la obligación de difundir los datos sobre los receptores de los subsidios queda anulada desde mañana, por lo que la CE tendrá que pensar en si vuelve a proponer una nueva regulación parecida, pero con otros términos, según explicaron fuentes judiciales. EFECOM
ms/ltmartes, 9 de Noviembre de 2010 - 13:11 h.